La Comisión Nacional de Trabajo Agrario aprobó un nuevo régimen salarial para los trabajadores del sector en nuestra provincia y en San Juan. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Desde el 1° de septiembre de este año, entraron en vigencia las nuevas remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en tareas de cosecha y embolsado de cebolla, así como en la siembra y trasplante de tomate y pimiento, y en la plantación de camote en las provincias de Mendoza y San Juan. 

Esta medida fue aprobada por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario y publicada en el Boletín Oficial.

La resolución establece un aumento significativo en las remuneraciones mínimas, que se mantendrán vigentes hasta el 31 de agosto de 2025. 

Además de los incrementos salariales, se establece una cuota de solidaridad gremial del 2% sobre el total de las remuneraciones, que será descontada a los trabajadores. 

Esta medida tiene como objetivo fortalecer la representación sindical y mejorar las condiciones laborales en el sector. Es importante destacar que estas remuneraciones no incluyen la parte proporcional del sueldo anual complementario, y los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad.

A continuación, se detallan las nuevas tarifas:

Remuneraciones trabajadores del camote

Por día Sin S.A.C.

-Plantador: $ 31.000,00

Remuneraciones trabajadores de la cebolla

Por día Sin S.A.C.

 Cortador o cosechador   $ 31.000,00
  Descartador  $ 31.000,00
  Liencero  $ 31.000,00
  Recolector  $ 31.000,00
  Amontonador  $ 31.000,00
  Embolsador  $ 32.182,91
  Recalcador  $ 32.182,91
  Cosedor  $ 33.562,07
  Cocinero  $ 33.562,07
  Maquinista (incluye al tractorista y a todo otro operador de maquinaria agrícola)  $ 35.860,98
  Capataz  $ 38.619,30

-Por rendimiento del trabajo:

Embolsado, por bolsa de VEINTICINCO (25) kilogramos: $ 4.244,72

Remuneraciones trabajadores del tomate y pimiento

-Por día Sin S.A.C.

-Sembrador mecanizado: $ 33.347,71

-Trasplantador de tomate y pimiento: $ 31.000,00

-Por rendimiento del trabajo

-Sembrador manual. Por cada CIEN (100) metros de surco: $ 3.334,74

-Jornal mínimo garantizado: $ 31.000,00

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