Tras el debate parlamentario que concluyó con la sanción de la ley correspondiente en febrero, el proyecto minero Cerro Amarillo ya cuenta con la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) aprobada. La publicación de la norma era el paso que faltaba para poner en marcha la exploración de cobre en el sur de Mendoza.

En realidad, el proceso para darle luz verde a la exploración y eventual explotación de cobre en Malargüe se remonta al 2014. De hecho, la Legislatura ratificó la DIA que el Gobierno de Mendoza le otorgara a través de una resolución conjunta de la Dirección de Minería y la de Protección Ambiental del entonces Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales con fecha 29 de agosto de ese año.

De acuerdo a la Declaración de Impacto Ambiental, ahora la iniciativa está sujeta a “inspecciones de carácter obligatorio”. Sus responsables, Jorge Bengoechea y Lidia Espizúa, deberán actualizarla cada 2 años, además de informar “con anterioridad” cualquier “modificación o desviación” de las condiciones evaluadas del emprendimiento que propone extraer cobre mediante el método de diamantina.

De avanzar a una eventual explotación de cobre, Cerro Amarillo requerirá una inversión estimada en no menos de u$d 3.000 millones. En su fase de construcción prevé más de 4.000 empleos directos, que pueden superar los 1.000 durante la explotación.

Condiciones: acuíferos y algo más

Por lo pronto, la declaración autoriza a Cerro Amarillo, que ya estaba categorizado como proyecto minero desde 2006, a avanzar en la etapa de exploración en el predio que ocupa en el sur provincial conforme a la ley 7722, con un sistema que no afectará cursos de agua ni glaciares.

Previo a arrancar, los titulares del proyecto tendrán que presentar un Plan de Manejo Ambiental. Esto incluye “el manejo del recurso hídrico” como también “la disposición de residuos”.

Entre otros aspectos, la ley obliga a que, una vez iniciados las perforaciones parar cateos del mineral en Cerro Amarillo, se informe “inmediatamente” al Departamento General de Irrigación en caso de detectarse “algún acuífero subyacente” en la zona.

En adelante, según lo expuesto en la ley que avala la DIA, una vez iniciados los trabajos los dueños del emprendimiento quedan sujetos a presentar al Gobierno provincial un reporte periódico de los resultados.

Fuente: Sitio Andino

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