El gobernador Rodolfo Suarez oficializó su decisión de refinanciar la deuda en dólares que vence el próximo año a través de un decreto y sin pasar por la Legislatura. Este jueves fue publicada la norma por la que se dispone la emisión de títulos públicos en pesos con un plazo de vencimiento mínimo de un año y medio a tasa Badlar y ajustables por CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) para hacer frente a las obligaciones contraídas durante el gobierno de Alfredo Cornejo.

Cabe recordar que Mendoza debe afrontar en 2023 vencimientos por más de 120 millones de dólares del pago de capital del Bono PMM29 (emitido en 2020 para renegociar la deuda tomada en 2016).

Para concretar esto, Suarez firmó el Decreto 2502, publicado este jueves en el Boletín Oficial, por el que dispone la toma de un nuevo crédito en pesos para adquirir dólares al precio oficial y, de ese modo hacer frente a las obligaciones en mejores condiciones.

Desde el Gobierno sostienen la necesidad de operar con flexibilidad, justificada por “mercados financieros volátiles, como lo es nuestro mercado local, consecuencia de una economía argentina que se caracteriza por presentar múltiples desequilibrios, entre ellos, el de alternar constantemente entre tasas de interés reales negativas y positivas”.

Así, pasará por alto la autorización legislativa que exige en su artículo 41 la Constitución Provincial para nuevo endeudamiento. Esto es porque desde el Ejecutivo entiendenque la operatoria se enmarca en lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Administración Financiera de Mendoza (N° 8.706), que faculta al Ejecutivo a reestructurar sus pasivos mediante su “refinanciación o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos o plazos o intereses de las operaciones originales o permita liberar o cambiar garantías o bien modificar el perfil o costo de los servicios de la deuda o cualquier otro objeto en la medida que resulte conveniente para la Provincia”.

Esta interpretación fue cuestionada por el fiscal de Estado, Fernando Simón, en el dictamen que emitió a mediados de noviembre. El funcionario interpreta que la Ley 8.076 habilita la reestructuración (en mejores condiciones) de la deuda pública, pero no la toma de nuevo crédito para pagar servicios de deuda. Básicamente, señala que el artículo en cuestión no da licencia para el roll over permanente.

A pesar de que Simón coincide con la “conveniencia” de que el Ejecutivo “cuente con mayor flexibilidad a efectos de administrar sus pasivos, aprovechando los momentos más adecuados así como las oportunidades del mercado”. Aunque aclara que “ello resulta una decisión que recae en el Legislador (Legislatura)”.

El Decreto

El Decreto 2502, con fecha del 28 de diciembre de 2022, y que además de Suarez los firma el ministro de Hacienda, Víctor Fayad, argumenta que tiene el “objeto de reestructurar la deuda pública en el marco de lo dispuesto por los Artículos 68 y 64 de la Ley Nº 8.706 de Administración Financiera”.

“Que el Artículo 68 de la Ley N° 8.706, faculta al Poder Ejecutivo a realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública mediante su consolidación, conversión, reprogramación, refinanciación o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos o plazos o intereses de las operaciones originales o permita liberar o cambiar garantías o bien modificar el perfil o costo de los servicios de la deuda o cualquier otro objeto en la medida que resulte conveniente para la Provincia a los fines de hacer frente a sus compromisos presentes o futuros, pudiendo modificar y/o incrementar las partidas que sean necesarias contra la mayor recaudación estimada debidamente fundada, en la medida que corresponda, y a los fines de poder efectuar la registración”, fundamenta.

Es decir que a criterio del Gobierno, esto lo habilita a “a resolver sin más trámite cualquier otra cuestión necesaria para su implementación; a realizar las adecuaciones presupuestarias y adoptar todas las medidas, disposiciones y/o normas complementarias, aclaratorias e interpretativas referidas a la operatoria respectiva”.

Además, señala que “el Ministerio de Hacienda y Finanzas cuenta con competencia particular para intervenir en el proceso de reforma del Estado para garantizar el equilibrio presupuestario, adecuar el endeudamiento a la capacidad de pago, asegurar la liquidez financiera y contribuir a una mayor eficiencia del gasto público; gestionar empréstitos, créditos y otros mecanismos de financiamiento, efectuar la emisión de títulos y bonos conforme a las normas legales que los autoricen; y para entender en todo lo relacionado con la deuda pública, su registración actualizada, el mejoramiento de sus plazos y la reducción de las tasas de interés que se abonan”.

“El Ejecutivo Provincial, en un todo conforme con el marco normativo citado y a los efectos de proceder a una adecuada y eficiente administración de pasivos, procura acceder al mercado local de capitales mediante una operatoria de emisión de títulos públicos en moneda local con el fin de reestructurar su deuda pública, por los montos que corresponden a los pagos de amortización de la deuda en dólares representada en los Bonos Mendoza 2029 emitidos por Decreto N° 1198/20 (en adelante “el PMM29”) cuyos vencimientos se produzcan durante el ejercicio 2023”, destaca.

Las condiciones

La emisión contempla Títulos Públicos Clase 1 y Clase 2. Serán en moneda local. Por hasta la suma equivalente de U$S81.500.000. El plazo mínimo de vencimiento fijado es de de 18 meses.

El capital se amortizará en cuotas trimestrales iguales y consecutivas. El capital será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) , informado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Fecha de pago de intereses: se pagarán semestralmente.

Rescate anticipado: podrán ser rescatados en forma anticipada, en forma total o parcial.

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